PLENERCAN. PLANIFICACIÓN ENERGÉTICA EN CANTABRIA. DEBATES EÓLICOS


Fuente: Informe energía eólica en Cantabria. CORE, octubre 2011
4.- PLENERCAN. PLAN ENERGÉTICO EN CANTABRIA



4.1 PLAN ENERGÉTICO 2005-2011

Según el Plan Energético de Cantabria vigente, aprobado en julio del 2.006, la potencia a instalar mediante energía eólica es de 300MW, repartida en tres zonas:

 Zona I: Puerto de los Tornos (60MW).

 Zona II: Sierra del Escudo (140MW).

 Zona III: Reinosa (100MW).

Este Plan plantea zonas de exclusión en las áreas con figuras de protección y se delimitan, por motivos paisajísticos y culturales, tres zonas que también debían quedar libres de la instalación eólica: La MONTAÑA PASIEGA, la ZONA DEL ROMÁNICO DEL SUR y el VALLE DE LIÉBANA.

El planteamiento propuesto es que” la experiencia que se obtuviera de los primeros parques instalados y de su grado de aceptación permitiera revisar en el futuro los criterios empleados para realizar el Plan Eólico y ajustar, en consecuencia, las medidas previstas inicialmente”. Se podría pensar que es un Plan adecuado a la realidad de nuestro territorio, y en consonancia con la estrategia del Estado, en definitiva bastante razonable y su aprobación no produjo contestación en la sociedad. En este sentido, conviene recordar que, en el contexto español, la instalación de 300 MW en Cantabria coincide razonablemente con la estrategia estatal de energías renovables.


4.2. PLENERCAN 2011-2020


4.2.1. 96% ENERGÍA EÓLICA

El nuevo plan energético, que ahora se quiere aprobar plantea 2.000 Mw de potencia de energía eólica.

1.500 MW de eólica terrestre y 500 MW de offshore o marina.

Basa toda la electricidad en la energía eólica. El 90,95% de toda la electricidad renovable.

De la nueva potencia instalada, prevista por este PLENERCAN 2011-2020 en energías renovables, 2.048 MW, prácticamente todo, 1.967 MW, el 96% es energía eólica.

Centra todo desarrollo energético, socioeconómico y de I+D+I de Cantabria en la energía eólica.

Resulta que con las previsiones del plan para 2.020, al margen del sistema de bombeo, tendríamos para Cantabria una demanda final de 5.262 GWh eléctricos y una producción de 6.904 GWh, es decir un superávit energético de 881 GWh eléctricos.
El plan produciría incluso más energía eléctrica de la que teóricamente necesitamos.
Por otra parte, la nueva central de bombeo de Aguayo prevista por E.ON, va a tener una producción eléctrica de 2.000 GWh. Equivale en producción a 1.000 MW eólicos. Bastará por sí sola para abastecer la mitad de la electricidad que consume Cantabria.

El CONCURSO DE ASIGNACIÓN DE POTENCIA EÓLICA DE CANTABRIA (CAPECAN 2009) que adjudicaba 1.200 MW eólicos y el PLENERCAN 2011-2020, no es sino el intento de legalizar una adjudicación ilegal del CAPECAN 2009, realizada sin estudios vinculantes, sin participación ciudadana, ni información pública.

La planificación del Plan de Acción Nacional de Energías Renovables de España (PANER) 2011-2020, prevé que para España, se tengan instalados 35.000 MW de potencia eólica terrestre para el año 2.020. A Cantabria que representa el 1% del territorio nacional le corresponderían unos 350 MW.

Las demandas eléctricas de Cantabria, desde las propias propuestas del PLENERCAN 2011-2020, estarían razonablemente cubiertas, con la eólica terrestre prevista en el plan anterior, la previsión de la eólica marina de este plan y el resto de producción existente, incluida la central de bombeo de Aguayo.

Otra cosa es que las previsiones que hace este plan en materia de energía eólica marina y la central de bombeo de Aguayo se vayan a poder realizar. Junto con el ahorro y eficiencia energética, nos desarrollaríamos sin aumentar las emisiones de GEI, se podrían cumplir con los requisitos europeos, nuestro territorio podría estar bien preservado y seguir siendo generador de otros activos económicos y medioambientales.

Cabe reseñar que desde el propio informe de sostenibilidad del plan, se señala la asimetría en las actuaciones. Remarcan que se hace mucho esfuerzo en las acciones de producción, pero muy poco en las de ahorro y eficiencia. Aunque energéticamente las segundas tienen tanta importancia como las primeras y son más sostenibles. Puede parecer que económicamente, para algunos intereses, las primeras son más rentables y son la causa de este desequilibrio.

Si se pusiera la misma intensidad en el ahorro y la eficiencia energética, que el que se quiere poner en la producción, la mayor parte de las afecciones negativas no se producirían.

El plan energético, quiere volver a ser un plan eólico encubierto, sin someterse a la evaluación ambiental conjunta, aduciendo que este es un plan, lo que hace es “que define las grandes líneas estratégicas del mix energético” y no tiene porqué entrar en otras valoraciones concretas sobre el territorio.


4.2.2. IMPACTOS DE LA ENERGIA EÓLICA PLENERCAN 2011-2020

Se dice en el documento que, dado su peso en el PLENERCAN, los impactos de la energía eólica son los más importantes. Hace una enumeración de sus efectos genéricos, pero no valora los efectos de su concentración desmesurada o de que se encuentre en un territorio tan valioso y frágil medioambientalmente como el de Cantabria

Se especifica que los IMPACTOS de la energía eólica terrestre son:

ALTO, en vegetación y hábitat de interés, avifauna y murciélagos, conectividad ecológica y en elementos ambientales estratégicamente relevantes. MUY ALTO, sobre el paisaje. Ninguna consideración para la contaminación lumínica de los parques; poco sobre la acústica.

A pesar de tener la valoración del impacto, máximo en el paisaje, ninguno de ellos se ha considerado como motivo de exclusión de la presencia de aerogeneradores. Parece ser que no existen paisajes singulares o relevantes en Cantabria.

Tampoco existe ninguna medida correctora ante la presencia de aerogeneradores en el paisaje. No hay forma de disimular, esconder, los molinos de 135 mts de altura sobre un paisaje montañoso.

La valoración final de la energía eólica en el PLENERCAN, en relación a los impactos negativos significativos sobre el territorio de Cantabria, está considerada como de AFECCIÓN SEVERA, valorando, el propio documento, como IMPACTOS ALTOS sobre la Vegetación, Avifauna y murciélagos, Conectividad ecológica, Elementos ambientales estratégicamente relevantes y MUY ALTO con respecto al Paisaje.

Dado que la energía eólica es prácticamente la única aportación de nueva energía en que se basa todo el plan energético, más del 95%, hay que concluir que es UN PLAN QUE VA A SUPONER UN IMPACTO SEVERO, PARA EL TERRITORIO DE CANTABRIA.

El PLENERCAN 2011-2020, desde sus propias valoraciones es insostenible.

Comparándonos con Dinamarca, 5.500.000 de habitantes, con una densidad de población similar a Cantabria unos 120 Hab/km2, tiene una superficie unas 10 veces superior, (43.098 KM2, frente a los 5.221 KM2 nuestros.) Su desarrollo eólico, supuestamente modélico, tiene total 2.884 Mw. Terrestres (3.734 MW, año 2.010 incluidos los marinos. Fuente WWEA).

Los daneses, están a la cabeza del mundo en energía eólica en cuanto a potencia por habitante (0.675 kw/pp), potencia por superficie (86.6 kw/km2) y potencia por PIB (18.54 kw/millones USD).

Ellos tienen 2.884 MW y nosotros queremos poner 1.500 MW, en proporción territorial de 448% más que los daneses. Además, en los últimos 8 años, desde el 2.004, Dinamarca ha dejado poner eólica terrestre, no le cabe más. Con la cuarta parte de molinos, de los que se quieren poner aquí, ya se han dado cuenta que su territorio no es inacabable. (Datos de Eólica 2010, de la Asociación Empresarial Eólica.)


4.2.3. DEFICIENCIAS DEL DOCUMENTO

Se reseñan, por significativas, las contestaciones de los distintos organismos, dadas a la preceptiva solicitud de informe previo sobre el ISA del PLENERCAN, que denota las manifiestas deficiencias del documento.

Dirección General de Urbanismo

Destaca la falta de definición del documento de inicio, ya que” no se describen los escenarios posibles, ni las infraestructuras energéticas que prevén los diferentes programas. Asimismo, no se concretan los beneficios que se esperan para Cantabria, ni se describen los impactos esperados en las diferentes esferas citadas (impacto socioeconómico, impacto ambiental, impacto sobre la innovación y el impacto territorial). Por tanto, parece insuficiente la información que aporta para poder realizar, de manera acertada y constructiva, las observaciones.” (la negrita es suya).

Dirección General de Ordenación del Territorio

“Todos los contenidos de la memoria se desarrollan con un contenido bastante escueto, al menos desde el punto de vista territorial y ambiental, por lo que resulta difícil realizar un informe/consulta más concreto y adecuado a la finalidad que se demanda, de conformidad con lo señalado en el articulo 45 (apartado 2 y 3) del Reglamento de la Ley 17/2006.”

Ministerio Medio Ambiente

“La documentación aportada por el promotor se limita a una exposición de carácter general de un futuro plan, en la que no figuran datos sobre la localizaciones de las actuaciones, tipos de las mismas, posibles afecciones, etc. Por todo ello, no es posible informar este plan de conformidad con el artículo 9 de la citada Ley 9/2006”

Delegación de Gobierno en Cantabria

“Sin embargo, el grado de definición de la información facilitada es claramente insuficiente para realizar cualquier tipo de valoración ambiental, puesto que no se incluyen datos sobre su incidencia sobre el territorio, sobre sus efectos ambientales previsibles, sobre su previsible desarrollo ni sobre sus propuestas o alternativas, entre otras cuestiones.
El documento, tal y como reza su titulo, consiste en una “propuesta de contenidos” pero no incluye los contenidos en sí.
Por todo lo anterior, se propone que se requiera al promotor que amplíe la información proporcionada de acuerdo a los contenidos legalmente exigibles, dado que el documento presentado no parece reunir las características ni contenidos de una Memoria Inicial a los efectos de Evaluación Ambiental de Planes y Programas.”.

Siendo que ni climática, ni energética, ni económica, ni socialmente este plan es justificable, y que el impacto de la energía eólica, como el propio PLENERCAN 2011-2020 reconoce supondrá una AFECCIÓN SEVERA al territorio de Cantabria el PLENERCAN 2011-2020 debe anularse y elaborar un nuevo plan energético realista, de acuerdo a las necesidades energéticas y las características territoriales de Cantabria.

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